lunes, 20 de enero de 2014

CÓDIGO DE ÉTICA DEL PERIODISTA EN EL ECUADOR

La libertad de expresión del pensamiento es derecho fundamental del hombre y piedra angular de todas las libertades consagradas en la Constitución Política de la República y es, por tanto, una necesidad vital del pueblo ecuatoriano. Un derecho irrenunciable del periodista profesional y una obligación ineludible de los medios de comunicación social y del Estado

La libertad de expresión se plasma esencialmente en la libertad de información y de opinión, a través de los medios de la comunicación social. Este derecho es, en consecuencia, inalienable, por lo que le corresponde al periodista profesional su plena aplicación práctica, ya para satisfacer el anhelo comunitario de una información oportuna, veraz y objetiva, ya para contribuir a la correcta interpretación y orientación de los problemas en el complejo mundo en que vivimos, ya para ofrecer distracción constructiva y útil; ya, en fin, para reforzar e impulsar los programas y planes de desarrollo social y para luchar por la soberanía, independencia y dignidad nacionales.
El periodista profesional debe cumplir en este contexto un rol esencial. Está obligado a ser leal y consecuente con los principios y las aspiraciones de su pueblo, de su comunidad y de su familia. No es ni puede ser neutral, porque en la sociedad humana es imposible esa neutralidad, como no sea para favorecer directa o indirectamente, intereses antipopulares. Es y debe ser esencialmente objetivo, de manera especial para interpretar los acontecimientos de la vida diaria y darle a la información la categoría, el volumen, la importancia y la interpretación que realmente merece.
La delicada tarea que cumple el periodista profesional le obliga también a ser altamente responsable con los principios universales de la convivencia pacífica entre los países del mundo y el respeto mutuo con los fundamentos sociales de su propio pueblo y sus legítimas aspiraciones y con las libertades y derechos de la persona humana. No puede, en consecuencia, prestarse para alentar acciones o planes que atenten contra estos principios fundamentales. Deberá ser ajeno al sensacionalismo irresponsable, a la mercantilización de la noticia o cualquier tipo de manipuleo de la información o de la opinión que falsee, tergiverse, niegue o limite la verdad.
Personalmente el periodista profesional, así como tiene derecho a garantías y facilidades para el mejor cumplimiento de su función, está obligado a respetar los derechos de los demás y la integridad moral de las personas, especialmente su vida privada y a guardar una conducta ejemplar que avale precisamente su autoridad para informar, orientar, denunciar o exigir a través de los medios de comunicación social.
Vista esta Declaración de Principios, la Federación Nacional de Periodistas del Ecuador dicta el siguiente CODIGO DE ETICA PROFESIONAL para normar la conducta profesional de los periodistas ecuatorianos:

CAPITULO I
EL PERIODISTA Y LA COMUNIDAD
Artículo 1.- El periodista tiene la obligación de proporcionar a la comunidad una información objetiva, veraz y oportuna.
Artículo 2.- El periodista debe lealtad a las aspiraciones y a los valores fundamentales de su comunidad.
Artículo 3.- El periodista está obligado a promover el desarrollo integral del país, la educación, la ciencia, la cultura y a luchar por la liberación del hombre y los pueblos.
Artículo 4.- La comunidad tiene derecho a ser correctamente informada y el periodista está obligado a evitar la deformación y tergiversación de las informaciones.
Artículo 5.- El periodista no debe utilizar su profesión para denigrar o humillar la dignidad humana.
Artículo 6.- El periodista está obligado a respetar la convivencia humana. Le está prohibido preconizar la lucha racial o religiosa. Defenderá la supervivencia de los grupos étnicos y sus derechos a la integración y al desarrollo del país.
Artículo 7.- El periodista está obligado a defender el derecho y el ejercicio de la libertad de expresión de todos los sectores de la comunidad, especialmente de los marginados de la comunicación social.
Artículo 8.- El periodista está obligado a luchar por la comunidad en la que se desenvuelve y defender el equilibrio ecológico y el medio ambiente.
Artículo 9.- El periodista debe oponerse y denunciar las campañas promocionales y publicitarias que atenten contra los valores humanos y sociales de la comunidad.
Artículo 10.- El periodista tiene la obligación de utilizar correctamente los idiomas oficiales.

CAPITULO II
EL PERIODISTA Y EL ESTADO
Artículo 11.- El periodista está obligado a defender la soberanía y la integridad territorial, sus símbolos patrios, su historia, su cultura y sus tradiciones.
Artículo 12.- El periodista exigirá del Estado una política nacional de comunicación que impida el monopolio de la información.
Artículo 13.- El periodista demandará del Estado la defensa de los derechos de los trabajadores, su capacitación, salarios justos, seguridad social y estabilidad.
Artículo 14.- El periodista exigirá del Estado la plena vigencia de la libertad de expresión, el libre acceso a las fuentes de información y el derecho del pueblo a una información objetiva, veraz y oportuna.
Artículo 15.- El periodista debe luchar para que el Estado garantice la plena vigencia de la Ley de Ejercicio Profesional del Periodista.
Artículo 16.- El periodista debe rechazar cualquier presión del Estado que pretenda obligarle a adoptar determinada posición o identidad política, religiosa o ideológica.
Artículo 17.- EI periodista debe impulsar y promover los programas del Estado destinados a fomentar el desarrollo integral del país.
Artículo 18.- El periodista luchará por la plena vigencia de los derechos humanos y se manifestará contrario a los regímenes fascistas o que no respeten la dignidad humana.

CAPITULO III
EL PERIODISTA Y LA FENAPE
Artículo 19.- El periodista debe cumplir y hacer cumplir este Código, la Ley de Ejercicio Profesional del Periodista, los Estatutos, Reglamentos, así como las resoluciones de la Federación Nacional de Periodistas del Ecuador, FENAPE.
Artículo 20.- El periodista será leal militante de la FENAPE y defensor de los principios profesionales.
Artículo 21.- El periodista está obligado a fomentar la fraternidad y el respeto mutuo entre colegas.
Artículo 22.- El periodista está obligado a defender a sus colegas que, en razón de su ejercicio profesional o creencias políticas, ideológicas o religiosas, sufrieran persecución, cárcel, tortura, exilio o cualquier otro acto represivo del sector público o privado que atente contra su libertad y dignidad.
Artículo 23.- Al periodista le está prohibido promover o participar en actos contrarios a la Federación Nacional de Periodistas.

CAPITULO IV
EL PERIODISTA Y EL EJERCICIO PROFESIONAL
Artículo 24.- El periodista guardará estricto secreto en el ejercicio de su profesión respecto de las fuentes de información.
Artículo 25.- El periodista debe verificar sus informaciones y recurrir a fuentes que garanticen una información veraz.
Artículo 26.- Le está prohibido al periodista recibir bienes o valores destinados a interferir o tergiversar su labor informativa y de opinión.
Artículo 27.- Le está prohibido al periodista utilizar prácticas desleales para desplazar a un colega y ocupar su puesto.
Artículo 28.- Al periodista le está prohibido aceptar remuneraciones inferiores al mínimo establecido por la ley.
Artículo 29.- El periodista denunciará ante la FENAPE las presiones que las fuentes ejerzan sobre el patrono para removerlo injustificadamente o impedir el ejercicio de su profesión.
Artículo 30.- Le está prohibido al periodista comunicar de mala fe informaciones que atenten contra la dignidad, el honor o prestigio de personas, instituciones y agrupaciones.
Artículo 31.- El periodista está obligado a rectificar las informaciones probadas como falsas. Los rumores y las noticias no confirmadas deben identificarse y tratarse como tales.
Artículo 32.- Al periodista le está prohibido utilizar como suyo material informativo en cuya elaboración no haya participado, no prestar su nombre para amparar publicaciones o programas donde no tenga participación efectiva.
Artículo 33.- El periodista debe informar a su Colegio Provincial casos de ejercicio ilegal de la profesión, a fin de que el Colegio denuncie el incumplimiento de la ley a las autoridades correspondientes.
Artículo 34.- Los periodistas que tienen funciones directivas no pueden ejercer acciones que perjudiquen a sus colegas subordinados por discrepancias políticas, ideológicas, religiosas, enemistad personal o consignas empresariales injustificadas.
Artículo 35.- Al periodista le está prohibido usar el anonimato, las publicaciones apócrifas y la divulgación de rumores falsos o tendenciosos.

CAPITULO V
EL PERIODISTA Y LA EMPRESA
Artículo 36.- El periodista está obligado a velar porque se cumplan las disposiciones de la legislación laboral.
Artículo 37.- El periodista exigirá a la empresa respeto para sus creencias políticas, ideológicas y religiosas.
Artículo 38.- El periodista exigirá a la empresa respeto a su producción, cuyo sentido no podrá ser cambiado sin su consentimiento.
Artículo 39.- El periodista debe asumir conjuntamente con la empresa la responsabilidad de toda información elaborada por él y difundida sin que ésta haya sufrido alteración ajena a su voluntad.
Artículo 40.- El periodista debe propender a que se le reconozca el derecho a intervenir en la elaboración y ejecución de la política editorial e informativa del medio en que trabaja.
Artículo 41.- El periodista debe exigir en sus relaciones con la empresa un tratamiento ajustado a su dignidad y al valor e importancia que tiene su profesión en la sociedad.

CAPITULO VI
EL PERIODISTA Y LAS RELACIONES INTERNACIONALES
Artículo 42.- El periodista está obligado a cumplir las decisiones y acuerdos que la institución tome estatutariamente en sus relaciones internacionales.
Artículo 43.- El periodista debe luchar por la libertad de los pueblos, contra el colonialismo, el neocolonialismo y toda forma de discriminación ideológica, religiosa y racista.

CAPITULO VII
DISPOSICION FINAL
Artículo 44.- El presente CODIGO DE ETICA PROFESIONAL fue aprobado por el Comité Ejecutivo Nacional de la Federación Nacional de Periodistas del Ecuador, en la ciudad de Cuenca, el 17 de noviembre de 1978.
Promulgado en el Registro Oficial No. 120, de 4 de febrero de 1980

13 comentarios:

  1. Con todo el respeto que se merecen quienes a su debido momento serian los designados para crear este reglamento, estatuto o ley, considero que deben ser o haber sido unos idealistas consumados; ellos describen un trabajo no de un comunicador social, si no de un trabajador social, que encamina todo tipo de esfuerzos en bien de la sociedad, no solo haciendo el bien, si no que mejorando la sociedad.
    Esto no quiere decir que este encontrar de este tipo de ideales, que casi suenan a el acta de independencia de algún pueblo sumido en la más brutal de las monarquías, el meollo del asunto radica en la respectiva comparación entre lo que los periodistas buscan y lo que la ley de comunicación impone a los periodistas; es verdad que en muchos de estos aspectos concuerdan, como por ejemplo el hecho de construir noticias verificadas, consta en ambos, pero también se habla del derecho a reservarse la fuente, y mientras la una habla de que si se debe y puede la otra que no.
    Tal vez un pensamiento obscuro y negativo invade mis letras, no por falta de fe en la humanidad o en los comunicadores, si no por ciertos personajes que prostituyen ante el poder político una profesión tan noble y con fines tan sociales. Y citando a alguna novela latinoamericana, si podría afirmar que en los medios locales y nacionales existen muchos “SINCHIS”, que le curan hasta de las envidias si paga la cantidad correcta, pero si no, lo linchan mediáticamente; yendo en contra totalmente de las normas descritas.
    Haciendo un análisis un poquito más minuciosos, considero que existimos muchos comunicadores en formación que llevamos estas normas de manera intrínseca, que las gritamos entrelineas; pero si considero, y lo hago desde una posición muy personal, que estas normas deberían tener algún tipo de actualización, no digo que las cambiemos, o que las eliminemos, digo que las pongamos al día en cano a las nuevas leyes y la las situaciones contemporáneas.
    Lo que más me gusto de este código es que no solo se concentra en la parte humana y social del individuo, del comunicador; si no que va hasta el punto de lo ético dentro de una institución, es decir que entiende que el individuo, el profesional, el ciudadano, el ente social, es un “todo” en un “uno”.
    Porque los comunicadores mas allá de ser “MEDIOS”, somos también mensaje y también receptores, y a lo mejor hasta canales de información, pero somos más que un profesional que debe ejercer su profesión, somos ciudadanos que tenemos una hermosa profesión y que la ejercemos de corazón.



    ResponderEliminar
  2. El código de ética es muy importante en nuestra profesión ya que los periodistas tienen en sus manos la responsabilidad de tratar información que ampare al desprotegido, pues mediante este proceso los grandes poderes conocen los problemas que le afectan al ciudadano y su obligación es cumplir con aquellas responsabilidades y solucionarlas lo antes posible; para eso nació el periodista, para ser la voz del pueblo a través de los medios de comunicación.
    Ahora bien la dificultad radica cuando el periodista cambia su posición, ya no está del lado del desvalido, sino más bien del poder que mediante su alianza con los medios y a través del poder económico, son quienes manipulan y dominan al periodista, de tal forma que la información cambia por completo a favor de los que no se merecen; ahora los medios de comunicación son el centro de debate entre los dominantes y han perdido el sentido por el que fueron creados, la participación de la ciudadanía en general.
    Y es aquí en donde se genera la necesidad de un código de ética que no solo brinde beneficios para el periodista, sino que también exija el cumplimiento de obligaciones que debe cumplir el periodista en el desempeño de las funciones encomendadas, de tal forma que no sean tomadas como reglas o leyes sino más bien como principios implícitos del profesional; es decir, que vayan en son de la moral y la conciencia que rigen la vida del ser humano, acciones que le permitirán sentirse satisfecho de la labor que cumple a favor de los que más necesitan; pero por el dominio, manipulación y el factor económico, el escenario ha cambiado y se han creado exigencias para que el cumplimiento de la ética se vea plasmado en un papel que en el caso de su incumplimiento recibirá la sanción necesaria.

    ResponderEliminar
  3. Según el texto nos dice que el factor económico mucha de las veces tiende a contradecir la ética profesional de quienes laboran en un medio de comunicación.
    La ética y la moral juegan un papel preponderante a la hora de desempeñar un trabajo que será reconocido y aceptado por la sociedad, eso depende de muchos de su formación profesional y como persona el aporte para el beneficio de todos, sin obedecer los valores.

    ResponderEliminar
  4. Todo ser humano en la actualidad tiene el derecho y la libertad de expresar y opinar libremente tanto sus inconformidades como sus peticiones en cualquier medio de comunicación, sin discriminación alguna.

    Todo profesional de la comunicación está en la obligación de brindar a la sociedad una información oportuna de acontecimientos relevantes que ocurren diariamente siempre con la debida verificación y contrastación de fuentes.

    Un buen periodista siempre debe tener ética al momento de transmitir la información, ya que de esto dependerá que toda una sociedad confié en la información que da a conocer, siempre diciendo la verdad y no ocultándola por conveniencia de los grandes medios o del propio periodista.

    El periodista debe de respetar su ética y no dejarse influenciar por terceros, como tampoco dejarse llevar y manipular la información, sino debe de limitarse a dar a conocer la verdad, ya que como ciudadanos lo que queremos es que se respete derecho a una información verídica y no tergiversada.

    Es importante que el periodista respete y cumpla con todos los parámetros establecidos en la constitución, para que así de esta manera se pueda cumplir el ejercicio periodístico de una forma que toda la sociedad se merece.

    ResponderEliminar
  5. La comunicación y el periodismo desde sus comienzos han tratado de llegar a las masas con el fin de captar su atención y llegar a generar un cambio social, se enfocan en las necesidades de la colectividad es por ello que nosotros como comunicadores tenemos el compromiso de dar a conocer hechos reales y no solo eso también aportar con conocimientos que colaboren a fines comunicativos de localidades, que lo necesitan. El comunicador se encarga de informar, educar es decir que ayuda a la trasmisión de la cultura con normas de comportamiento y entretener con la finalidad de que las personas salgan de lo monótono y puedan distraer su mente con los tan conocidos comerciales que colaboran económicamente a la comunicación alternativa ya que esta se conoce que no cuenta con medios económicos para su desarrollo sobrevive con aportes de aquellos que difunden contenidos en el mismo o personas de buena voluntad que dan su aporte, ya que no genera ganancias económicas, colabora al desarrollo y la comunicación muchas veces de comunidades apartadas que lo necesitan, esto para nosotros los comunicadores sociales nos da un sentimiento de satisfacción, un deber cumplido y de haber llegado a lugares que agradecen el desempeño de los medios de comunicación sin ningún fin de lucro

    ResponderEliminar
  6. El ser humanó por derecho propio en la actualidad la libertad de expresión, y hablar libremente las vivencias que tengan diariamente y poder informar de sus inconformidades y que los medios de comunicación habrán sus puertas para que el pueblo exprese sus necesidades.

    Todo comunicador es un profesional que por ley tiene la obligación de rondar una información veraz y no tergiversar, ya que se juega el comunicador su ética profesional y que la colectividad crea en el.

    Un periodista tiene que cumplir con sus deberes el medio que se este desempeñando y por la superación personal y que la colectividad se identifiqué con el comunicador.

    ResponderEliminar
  7. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  8. Códigos de ética
    Todos los hombres nacemos libres, tenemos libre participación lo que nos puede callar son las obligaciones y los propios derechos somos hombres libres de pensar de expresar lo que sentimos, no tenemos que discriminar a ninguna persona ni por su color su etnia o creencia solo nos dejamos llevar de estos falsos estereotipos que no os deja ver más allá de nuestros propios errores.
    Todos los profesionales están destinados a ayudar de una u otra forma a la sociedad con pensamientos erróneos todos debemos tener una ética profesional bien formada esta no se debe ejecutar solo como una simple palabra sino debemos cumplirla a la perfección
    Los seres humanos cambiamos con el tiempo solo la única duda que me queda es como será después que cambios existirá acaso todo se convertirá en desechable.

    ResponderEliminar
  9. El código de ética dentro del rol de periodista, básicamente debe guardar un sentido eminentemente práctico; sin embargo, la ética siempre implica una reflexión sobre cualquier moral, ejerciendo así la profesión con el objetivo de elevar el nivel de bienestar de la colectividad.

    Por lo que el periodista profesional debe cumplir en este contexto un rol esencial, ya que está obligado a ser leal y consecuente con los principios y las aspiraciones de su lugar, de su comunidad y de su familia.

    http://claritaj.blogspot.com

    ResponderEliminar
  10. Dentro del código de ética, a mí parecer no es ni se puede ser neutral, porque en la sociedad humana es imposible esa neutralidad, como no sea para favorecer directa o indirectamente, intereses antipopulares.

    Debe ser esencialmente objetivo, de manera especial para interpretar los acontecimientos de la vida diaria y darle a la información la categoría, el volumen, la importancia y la interpretación que realmente merece.

    LINK: http://claudiovillafm.blogspot.com

    ResponderEliminar
  11. La libertad de expresión es un derecho innato de los seres humanos, este derecho no implica que los individuos puedan decir lo que se les venga en gana, la fundamentación y la buena información son elementos esenciales para promulgar una verdadera libertad de expresión, es por ello que el roll de los periodistas es importante a la hora que la sociedad opine y de a conocer sus ideas al resto; pero desgraciadamente algunos periodistas manosean la información; hacen de la virginal información una prostituta.

    La tergiversación, la falta de contrastación, de contextualización y la opinión escondida del periodista hacen que la gente piense que lo que expresa u opina es suya. Cuando un periodista hace esto los códigos deontológicos se van a la basura, al carajo.

    La verdadera libertad de expresión construye, no destruye.

    LINK http://cronicaletras.blogspot.com/2014/02/voces-del-alma-un-ejemplo-de.html

    ResponderEliminar
  12. profe. este es el link http//www.wmedardo.blogspot.com

    ResponderEliminar
  13. El periodista tiene función de informar de manera precisa y completa previamente verificada para que la sociedad a la cual se debe, se beneficie con la información que por derecho se lo concede.
    Dentro de su trabajo diario desempeña muchas actividades por ende favorece el acceso del publico a la información y la participación del publico en los medios de comunicación.

    ResponderEliminar