lunes, 4 de abril de 2016

¿QUÉ PASA CON LA INFORMACIÓN PÚBLICA?

Por: Francisco Ulloa Enríquez

Para construir un Ecuador moderno, que utilice la tecnología como estrategia para su desarrollo, se señaló con gran entusiasmo que la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP) garantizaría que tanto el sector público y el privado, que presta servicio público, transparenten ante la ciudadanía todos sus actos.

La mencionada Ley norma el ejercicio del derecho fundamental de las personas a la información, conforme a las garantías consagradas en la Constitución Política de la República, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención Interamericana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos internacionales vigentes, de los cuales nuestro país es signatario.

Para ello el artículo 7 que trata sobre la Difusión de Información Pública dice:
“Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las Instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se le considera de naturaleza obligatoria:

Literal
Descripción del literal Art.7 LOTAIP
a1)
a2)
a3)
a4)
b1)
b2)
c)
d)
e)
f1)
f2)
g)
Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos 
h)
i)
j)
k)
l)
m)
n)
Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos
o)
s)


Causa indignación, conocer que un Concejal de Latacunga haya tenido que acudir a los jueces para obtener información pública que debería estar a disposición de todos; sin embargo esto no es novedad, cuando los pueblos de la provincia de Cotopaxi me otorgaron la responsabilidad de representarlos en la Asamblea Nacional, en ese organismo, se inventaron que para solicitar información y ésta ser entregada debería tramitarse a través de la Presidencia de la Asamblea. Forma burocrática de burlar la Ley.

He revisado muchas páginas web oficiales de entidades públicas a nivel nacional y local, en las cuales de manera clara, actualizada y oportuna debería ser facilitada la información a todos, sin embargo un alto porcentaje incumple con esta disposición legal.

Las autoridades en los diferentes niveles se desentienden de esto que debería ser más que una obligación que emana de una Ley, un estilo de administración.

El uso de la tecnología se convierte en novelería para la demagogia populista, ya que en las páginas web oficiales encontramos muchas fotografías y vídeos que sirven para la autoalabanza del principal responsable de una institución, en tanto que la información relevante brilla por su ausencia.


El acceso a la información pública sigue siendo una quimera, la Ley ha quedado una vez más en letra muerta y la democracia real, participativa, gravemente afectada. La politiquería y su enorme carga de viveza criolla sigue haciendo de las suyas para burlarse de un pueblo esperanzado en tener mejores días.

No hay comentarios:

Publicar un comentario